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AccionesPARA BIENES INMUEBLES
1. Publicación en el portal web de la empresa www.acueducto.com.co del precio base de venta, representado por su avalúo comercial.
2. El predio declarado activo improductivo se deberá vender al mejor postor. Si hay un solo postor se le adjudicará cuando su oferta sea por lo menos igual al precio base.
3. El predio declarado activo improductivo nunca podrá venderse por debajo del valor del avalúo comercial vigente.
4. Si el oferente es el propietario del predio colindante a aquel objeto de la venta, su oferta podrá aceptarse cuando sea por lo menos igual al valor del avalúo comercial del bien.
Igualmente, el Artículo Sexto, de la citada Resolución, indica: “Si una entidad estatal está interesada en la adquisición de un predio de la Empresa de aquellos declarados activos improductivos, su venta se podrá hacer directamente sin necesidad de ofrecerlo a través de la pagina Web. En este caso prevalecerán las entidades del Distrito Capital”.
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AccionesPrueba 3
29 nov. 2019
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